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Criminalización contra dos defensores del agua de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata

Estatus: 
Acusado
Sobre la Situación

Desde el 24 de febrero de 2025 hasta la fecha, los defensores de derechos humanos y de la naturaleza Federico Soria y Mauricio Cornejo han sido perseguidos y criminalizados por su participación en la defensa del agua junto a su comunidad en Uspallata (Mendoza). Se acusa a los defensores de pertenecer a una agrupación dedicada a la coerción ideológica mediante el miedo y el terror, basándose en un artículo del Código Penal de Argentina, incorporado en la época de la dictadura militar (1976-1983) y que jamás se había utilizado en la provincia de Mendoza. Los hechos se producen en el contexto de la implementación de la empresa minera San Jorge en la zona.

Sobre HRD

Federico Soria y Mauricio Cornejo son defensores de derechos humanos y de la naturaleza, integrantes de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata, movimiento ciudadano organizado para hacer frente a la instalación de la Minera San Jorge debido al potencial impacto negativo en el ecosistema y población de Uspallata. Desde 1990, Federico Soria ha trabajado en la promoción de la defensa del ambiente, el agua y el territorio mediante la producción de material bibliográfico informativo sobre el ecosistema de la cordillera de Los Andes. También ha sido autor intelectual de numerosas leyes de creación de Áreas Naturales Protegidas y ordenanzas ambientales, siendo uno de los portavoces de la iniciativa popular de creación del Área Natural Protegida Uspallata-Polvaredas. Además de su actuación en la Asamblea, Mauricio Cornejo es un comerciante autónomo de Uspallata que se dedica a la exhibición y venta de artesanías y productos regionales, promoviendo un espacio de encuentro y de realización de actividades culturales entre turistas y pobladores de la comunidad local.

27 Marzo 2025
Criminalización contra dos defensores del agua de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata

Desde el 24 de febrero de 2025 hasta la fecha, los defensores de derechos humanos y de la naturaleza Federico Soria y Mauricio Cornejo han sido perseguidos y criminalizados por su participación en la defensa del agua junto a su comunidad en Uspallata (Mendoza). Se acusa a los defensores de pertenecer a una agrupación dedicada a la coerción ideológica mediante el miedo y el terror, basándose en un artículo del Código Penal de Argentina, incorporado en la época de la dictadura militar (1976-1983) y que jamás se había utilizado en la provincia de Mendoza. Los hechos se producen en el contexto de la implementación de la empresa minera San Jorge en la zona.

Descargar la Acción Urgente

Federico Soria y Mauricio Cornejo son defensores de derechos humanos y de la naturaleza, integrantes de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata, movimiento ciudadano organizado para hacer frente a la instalación de la Minera San Jorge debido al potencial impacto negativo en el ecosistema y población de Uspallata. Desde 1990, Federico Soria ha trabajado en la promoción de la defensa del ambiente, el agua y el territorio mediante la producción de material bibliográfico informativo sobre el ecosistema de la cordillera de Los Andes. También ha sido autor intelectual de numerosas leyes de creación de Áreas Naturales Protegidas y ordenanzas ambientales, siendo uno de los portavoces de la iniciativa popular de creación del Área Natural Protegida Uspallata-Polvaredas. Además de su actuación en la Asamblea, Mauricio Cornejo es un comerciante autónomo de Uspallata que se dedica a la exhibición y venta de artesanías y productos regionales, promoviendo un espacio de encuentro y de realización de actividades culturales entre turistas y pobladores de la comunidad local.

El distrito de Uspallata se ubica en la provincia de Mendoza y está surcado por el río Mendoza y los arroyos San Alberto y Uspallata. El arroyo San Alberto da agua a la población y cultivos del Valle de Uspallata y luego se junta con el río Mendoza. Desde 2008, cuando la primera empresa minera expresó interés en realizar actividades extractivas en la zona, la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata ha denunciado su preocupación por la contaminación de esta fuente de agua, una de las más importantes de la cordillera de los Andes. Sin embargo, hace diecisiete años que el Proyecto San Jorge intenta implementarse en Uspallata, apesar de la oposición permanente por parte de la población local.

El Proyecto San Jorge es de la empresa minera y metalúrgica Solway Investment Group, con sede en Suiza. La empresa tiene antecedentes negativos en Guatemala con el proyecto minero Fénix, denunciado por daños ambientales y falta de cumplimiento de procesos de consulta comunitaria. El gobierno de Mendoza y la Cámara de Proveedores Mineros de Uspallata apoyan publicamente al proyecto. El proyecto volvió a avanzar en un contexto de flexibilización de los procesos de licencia ambiental y de políticas de incentivos fiscales a mega proyectos lanzadas por el gobierno nacional del actual presidente argentino Javier Milei.

Las acusaciones se produjeron en el marco de un conflicto ocurrido en 24 de enero de este año, durante una protesta ciudadana espontánea que ocurrió simultáneamente al acto de inauguración de la Cámara de Proveedores Mineros de Uspallata, entre pobladores de Uspallata y empresarios de la Cámara. El incidente culminó con tres manifestantes cometiendo actos violentos, quienes fueron identificados en flagrancia y detenidos y que actualmente se encuentran respondiendo al proceso en libertad. Si bien algunos de los miembros de la Asamblea de Vecinos de Autoconvocados de Uspallata se sumaron a la protesta, los ciudadanos vinculados al incidente violento y los convocantes de la protesta no son miembros de la Asamblea ni son activistas ambientalistas.

La Asamblea de Vecinos había agendado una marcha para el 25 de enero, el día siguiente a la inauguración, la cual ocurrió sin ningún incidente, ejerciendo su derecho legítimo a la protesta pacífica. Un mes después, el 24 de febrero de 2025, el Ministerio Público Fiscal de la provincia de Mendoza ordenó la detención preventiva de los defensores de derechos humanos Federico Soria y Mauricio Cornejo, acusados de pertenecer a una agrupación para la coerción ideológica y por el delito de amenazas coactivas agravadas, estipulados en los artículos 149 y 213 bis. del Código Penal Argentino. Los defensores fueron injustamente vinculados al proceso junto a los tres ciudadanos arrestados durante la protesta del 24 de enero sin que estuvieran involucrados en los hechos de violencia que ocurrieron. Los dos defensores son los únicos acusados del proceso con orden de prisión preventiva, a pesar de no haber cometido ninguna acción violenta, y fueron incluidos en el proceso por pertenecer al colectivo de ambientalistas. El Ministerio Público Fiscal acusa a la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata de ser una “agrupación destinada a imponer sus ideas antimineras” y responsabiliza a los defensores por hechos aislados de violencia cometidos por terceros en una protesta que no fue organizada por la Asamblea de Vecinos Autoconvocados.

Ese mismo día, el 24 de febrero de 2025, Mauricio Cornejo fue detenido en el Polo Judicial, donde permaneció hasta el 18 de marzo cuando fue trasladado a prisión domiciliaria. A lo largo de los 23 días en que estuvo detenido, se le fue denegado acceso a tratamiento médico por un accidente de moto que sufrió días antes de su detención. Federico Soria no se ha presentado a las autoridades. La audiencia de control jurisdiccional para decidir sobre la libertad de ambos defensores está prevista para el 31 de marzo de 2025.

La aplicación del artículo 213 bis. del Código Penal ha sido cuestionada por organizaciones de la sociedad civil y la defensa legal del caso porque puede interpretarse con el propósito de criminalizar grupos y movimientos sociales que demandan el respeto de sus derechos humanos, como la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata. La legislación data del período dictatorial en Argentina e impone una pena de entre tres a ocho años de prisión a quien “organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que [...] tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación”. Los abogados del caso han reportado que el uso de esta legislación ha generado un miedo generalizado entre los integrantes de la Asamblea de Vecinos, debido a que el artículo en cuestión del Código Penal permite que cualquiera de ellos sea eventualmente criminalizado.

Front Line Defenders expresa su preocupación por la persecución y criminalización que enfrentan los defensores de derechos humanos y de la naturaleza Federico Soria y Mauricio Cornejo. Front Line Defenders considera que estos ataques se dan en represalia a su labor de protección del ecosistema y bienestar de la población de Uspallata. Front Line Defenders advierte que el uso indebido del derecho penal se ha convertido en una práctica recurrente contra quienes ejercen de manera legítima y pacífica su derecho a protestar y manifestarse en contra de proyectos extractivos que pueden generar un impacto negativo en su ambiente y calidad de vida. Front Line Defenders teme que este caso pueda tener un efecto amedrentador significativo sobre las personas defensoras de los derechos humanos en contexto de minería u otros proyectos extractivos, y puede afectar su capacidad para ejercer libremente su derecho a manifestarse y denunciar los impactos negativos de los proyectos en su territorio sin temor a represalias o acoso judicial.

Front Line Defenders insta a las autoridades de Argentina a:

1. Retirar los cargos en contra de los defensores de derechos humanos Federico Soria y Mauricio Cornejo, ya que estos parecen estar relacionados con su pertenencia a la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Upallacta y su activismo ambiental;

2. Tomar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad e integridad física y psicológica de los defensores de derechos humanos Federico Soria y Mauricio Cornejo;

3. Respetar a los estándares internacionales sobre prisión preventiva establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos;

4. Cesar de manera inmediata el uso del sistema penal para la persecución y criminalización de las personas defensoras de derechos humanos y ambientales;

5. Respetar a los estándares del Acuerdo de Escazú, vigente en Argentina desde 2021, en materia de transparencia y participación ciudadana en asuntos ambientales, incluido el derecho a la protesta pacífica;

6. Tomar las medidas para garantizar que todas las personas defensoras de derechos humanos en Argentina, en el desarrollo de sus actividades legítimas en defensa de los derechos humanos, puedan operar libremente sin miedo a restricciones ni represalias, incluyendo el acoso judicial.